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Cursos gratuitos en gandia para trabajadores
Formación bonificada PDF Imprimir E-mail

 

Quasar Formación imparte cursos gratuitos en Gandia para trabajadores en activo, cursos bonificables en la cuota de la SS por parte de las empresas. Todas las empresas dispononen de un Crédito Anual para formación que resulta de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior,más adelante veremos como se calculan las cuantías de las que dispone la empresa.

 

Quasar Formación es la entidad organizadora que interviene por la empresa con la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE). Nuestra academia gestiona y desarrolla los proyectos de formación de sus asociados y los representa ante la Administración con el fin de conseguir el máximo de recursos para invertir en ellos. Quasar Formación está abierta a cualquier empresa, aunque solo tenga un trabajador, que quiera aprovechar los recursos de que dispone para la formación de sus trabajadores.

 

A continuación les desarrollamos las condiciones de la normativa por la cual su empresa puede conseguir estos cursos subvencionados.

Formación continua gratuita para los trabajadores de empresas privadas. Convocatoria 2012

1. Calcular el crédito de formación

Cada entidad tendrá unos recursos económicos para la formación que podrá hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la SS, una vez realizada la formación. El importe de estos recursos económicos resultará de aplicar a la cantidad ingresada por la entidad en concepto de formación profesional, durante el ejercicio anterior, el porcentaje de bonificación que establezca la ley de presupuestos generales del estado en función del tamaño de las mismas. Para el año 2011 los porcentajes son:
• De 1 a 5 trabajadores: no existe un porcentaje sino que se garantiza un recurso económico de bonificación
de 420 euros como mínimo pudiendo ser mayor en función de la cuantía cotizada por este concepto
durante el año anterior.
• De 6 a 9 trabajadores: 100%
• De 10 a 49: 75%
• De 50 a 249: 60%
• De 250 o más trabajadores: 50%.
Podrá utilizar estos recursos económicos para formar el número de trabajadores de la plantilla que quiera: eso sí, respetando los módulos económicos (coste máximo por participante y hora de formación) siguientes: (En lasempresas de reducido tamaño pueden superarse)

Modalidad de impartición Nivel de formación

Básico (Materias transversales o genéricas)
Medio-superior (de especialización, programación y/o dirección)
• Presencial 9 euros a 14,3 euros en función de las características de la empresa y el tipo de curso.
• Teleformación 7,5 euros
• Mixta (Se aplicarán los módulos anteriores en función de las horas de formación presencial y a distancia o teleformación que tenga la acción formativa).

2. Decidir como organizará la formación y planificar las acciones formativas

Quién puede organizar la formación:
• Las propias entidades (ellas mismas o bien a través de un centro de formación)
• Las entidades pertenecientes a un grupo de empresas (se entiende por grupos de empresas, las que
consoliden balances o con las que se ejerza un dominio efectivo, cuando exista una participación del
capital social directa o indirecta de por lo menos el 20% o igual % en votos en el consejo de
administración) podrán desarrollar conjuntamente la formación de sus trabajadores y una de las empresas del grupo hará de coordinador.
• Se pueden agrupar diferentes entidades y una de ellas asumir el papel de coordinadora y
deberán agruparse constituyéndolo de forma escrita

3. Requisitos a cumplimentar por la entidad organizadora para poderse aplicar las bonificaciones

• Haber informado a la representación legal de los trabajadores y obtener el acuerdo de los mismos. Se
recomienda pasar la información a la RLT 45 días antes del inicio del curso, puesto que si no hay acuerdo
entre la RLT y la entidad haya tiempo suficiente para solventar el problema y en caso contrario aplazar el
curso
• Haber comunicado el inicio de la acción formativa (AF) a la FTFE –la entidad organizadora.
• Haber realizado la AF.
• Comunicar la finalización de la AF a la FTFE –la entidad organizadora-. En su caso.


4. Prever los gastos de la formación y el cofinanciamiento obligatorio

Tipos de gastos
1. Cuando es la propia entidad que organiza y gestiona la formación:
• Gastos directos
• Gastos asociados: la imputación de los gastos de luz, agua... a cada acción formativa
se realizará teniendo presente criterios de proporcionalidad de la actividad formativa
respecto de la actividad general de la escuela (la suma de los gastos asociados no
podrá superar el 25% de los gastos directos).
• Gastos de personal (gastos salariales sólo durante la jornada laboral).
2. Cuando es un centro de formación el que organiza y gestiona el programa de formación (no puede subcontratar
la formación) de un conjunto de entidades agrupadas voluntariamente:
• Gastos de organización (no más del 25% de los de impartición)
• Gastos de impartición (en factura o concepto, desglosada o separada de la anterior)
• Gastos de personal de los trabajadores formados, si se realiza computando horas de trabajo.
Gastos bonificables
Sólo los directos, asociados o de organización. No lo son los de personal, pero se computarán como cofinanciación
privada. El porcentaje mínimo de cofinanciación privada aportado por la propia entidad exigido es:
• de menos de 10 trabajadores no se precisa cofinanciación
• de 10 a 49 trabajadores: 10%
• de 50 a 249 trabajadores: 20%
• de 250 o más trabajadores: 40%
Aplicación de las Bonificaciones
Se podrán aplicar a partir del boletín de cotización correspondiente al mes en el que haya finalizado la AF. En
cualquier caso antes de finalizar el plazo de presentación del boletín del mes de diciembre. En cualquier caso
siguiendo las instrucciones de la entidad organizadora.

Última actualización el Miércoles, 25 de Enero de 2012 08:46
 



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